Diferencia entre revisiones de «Psicología forense/El delito»

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== Lección 6: El delito ==
 
Un delito es una conducta sancionada por el derecho penal por ser considerada intolerable o inaceptable para la sociedad. Su característica fundamental es el conflicto que se da entre uno o varios individuos y el grupo al que pertenecen (el ofendido). Sin embargo no todos los conflictos entre los individuos y la sociedad se clasifican como delitos y una acción determinada tampoco es automáticamente clasificada como delito en función de sus características.
Un delito es una conducta penalmente reprochable. El derecho penal establece las sanciones más fuertes para las conductas que la sociedad considera más intolerables o inaceptables.
 
Para que una acción se considere un delito debe:
Para que una acción se considere un delito debe: estar establecida como tal en el código penal de la jurisdicción donde se realiza (estar tipificada), ser antijurídica y ser culpable. Una acción está tipificada cuando la legislación penal aplicable la establece claramente como sancionable. Este concepto también se conoce como «antijuricidad formal». Una acción es antijurídica si lesiona o pone en peligro un bien jurídico protegido (aquellos bienes protegidos por el derecho). Si una acción se encuentra tipificada en el código penal pero su ejecución no lesiona ningún bien, entonces no cumple el requisito de antijuricidad para ser considerada delito. Este concepto también se llama «antijuricidad material» para distinguirlo de la tipificación o antijuricidad formal. La culpabilidad de una acción es su ejecución de forma voluntaria y consiente. Si una acción se lleva a cabo en contra de la voluntad del que la ejecuta o si el sujeto no tiene conciencia de lo que está haciendo o de sus consecuencias normalmente no se le considera un delito.
 
* Estar tipificada.
* Ser antijurídica.
* Ser culpable.
 
Una acción está tipificada cuando la legislación penal aplicable la establece claramente como sancionable. Este concepto también se conoce como «antijuricidad formal».
 
Para que una acción se considere un delito debe: estar establecida como tal en el código penal de la jurisdicción donde se realiza (estar tipificada), ser antijurídica y ser culpable. Una acción está tipificada cuando la legislación penal aplicable la establece claramente como sancionable. Este concepto también se conoce como «antijuricidad formal». Una acción es antijurídica si lesiona o pone en peligro un bien jurídico protegido (aquellos bienes protegidos por el derecho). Si una acción se encuentra tipificada en el código penal pero su ejecución no lesiona ningún bien, entonces no cumple el requisito de antijuricidad para ser considerada delito. Este concepto también se llama «antijuricidad material» para distinguirlo de la tipificación o antijuricidad formal. La culpabilidad de una acción es su ejecución de forma voluntaria y consiente. Si una acción se lleva a cabo en contra de la voluntad del que la ejecuta o si el sujeto no tiene conciencia de lo que está haciendo o de sus consecuencias normalmente no se le considera un delito.
 
La culpabilidad de una acción es su ejecución de forma voluntaria y consiente. Si una acción se lleva a cabo en contra de la voluntad del que la ejecuta o si el sujeto no tiene conciencia de lo que está haciendo o de sus consecuencias normalmente no se le considera un delito.
 
Determinar si una acción debe ser considerada un delito es un requisito fundamental para la aplicación de una pena al autor.