Diferencia entre revisiones de «Licencias Creative Commons y contenidos abiertos»

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== Introducción ==
Desde fines del siglo XX y en lo que va del actual, el mundo digital está transformando la forma en que se difunde y se comparte la producción intelectual y artística; frente a la tendencia de continuidad del orden privativo, han surgido distintas perspectivas para abordar este tema. Una de ellas es la relacionada con la circulación de contenidos abiertos y libres en Internet, que no niega el respeto a los derechos de propiedad, pero si les da un sentido más abierto y acorde con la diversidad y complejidad en las sociedades; de ahí la importancia de discernir el aporte de las [http://es.wikipedia.org/wiki/Licencia Licencias Creative Commons], distinguir sus particularidades para regular el uso del trabajo creativo distribuido bajo esta forma de licenciamiento.<ref>Licenciamiento http://es.wikipedia.org/wiki/Creative_Commons/</ref>, identificar algunos de los canales utilizados para la publicación de los contenidos abiertos y desde luego establecer la condición de las licencias en distintos países.<br> />
'''"Creative Commons"''' es un concepto en inglés que en español equivaldría a “Bienes Comunes Creativos” y se asocia con el ciberderecho, los derechos de autor y la propiedad intelectual.</br>
 
== Historia ==
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Más de una década después, en 2001 se funda Creative Commons bajo la forma de organización no gubernamental y sin fines de lucro con el propósito de desarrollar, apoyar y administrar la infraestructura legal y técnica para maximizar la creatividad digital, el intercambio y la innovación, pues la aspiración de esta organización es aprovechar el potencial del Internet para promover el acceso universal a la investigación, la educación y la plena participación en la cultura lo que, según su visión, conducirá a la sociedad hacia una nueva era de desarrollo, crecimiento y productividad.<ref>About Creative Commons http://creativecommons.org/about</ref>
 
Los fundadores de Creative Commons son [http://es.wikipedia.org/wiki/Lawrence_Lessig Lawrence Lessig], [http://en.wikipedia.org/wiki/Eric_Eldred Eric Eldred], expertos en ciberderecho y copyright y el especialista en ciencias de la computación [http://es.wikipedia.org/wiki/Hal_Abelson Hal Abelson].
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En 2002 presentan las Licencias Creative Commons como herramientas jurídicas para modificar la regulación de la [http://es.wikipedia.org/wiki/Propiedad_intelectual propiedad intelectual] y el [http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autor derecho de autor] lo que permite transitar de la férrea restricción del [http://es.wikipedia.org/wiki/Todos_los_derechos_reservados Copyright] o todos los derechos reservados hacia la ruta de ''algunos derechos reservados.''
 
Las Licencias de Creative Commons se inspiran en la licencia de software libre, Licencia Pública General (GPL) con la diferencia de que se aplican a otros contenidos como las creaciones científicas, artísticas, culturales, entre otras.
 
 
== Licencias Creative Commons ==
Las Licencias Creative Commons son resultado de una norma estandarizada para reglamentar aspectos como el uso, la modificación, comercialización y el reconocimiento de un conjunto de creaciones y contenidos considerados como bienes comunes en el entorno digital; son ejemplos de ellos las creaciones científicas, artísticas, culturales, es decir aquellas que tienen como base el trabajo creativo.
Esta normativa se hace posible que las obras pueden ser copiadas, distribuidas, editadas, remezcladas e incluso utilizadas para crear obras derivadas.<ref>Creative Commons. Lo que nuestras licencias hacen http://creativecommons.org/licenses/</ref>
 
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== Posibles licencias Creative Commons ==
 
Las Licencias Creative Commons se basan en cuatro propiedades:
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<gallery></gallery>
 
<br />Con estas cuatro propiedades se obtienen 15 combinaciones: 11 posibles y 4 no posibles (ND y SA son incompatibles).</br>
De las 11 combinaciones posibles se usan más comúnmente las siguientes 6:
<ol>
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<li>Reconocimiento + No comercial + Compartir igual (by-nc-sa)</li>: No se permite un uso comercial de la obra original ni de las posibles obras derivadas, la distribución de las cuales se debe hacer con una licencia iguala la que regula la obra original. <ref>Reconocimiento-NoComercial-CompartirIgual (by-nc-sa)http://es.creativecommons.org/blog/licencias/</ref>
</ol>
<br /><br />
{| align="center" border="0"
|-
| width="300 px" | Atribución || width="125 px" | (CC BY) || [[FileArchivo:Cc-by_new.svg|25px|link=]]
|-
| Atribución-CompartirIgual || (CC BY-SA) || [[FileArchivo:Cc-by_new.svg|25px|link=]]&nbsp;[[FileArchivo:Cc-sa.svg|25px|link=]]
|-
| Atribución-NoDerivadas || (CC BY-ND) || [[FileArchivo:Cc-by_new.svg|25px|link=]]&nbsp;[[FileArchivo:Cc-nd.svg|25px|link=]]
|-
| Atribución-NoComercial || (CC BY-NC) || [[FileArchivo:Cc-by_new.svg|25px|link=]]&nbsp;[[FileArchivo:Cc-nc.svg|25px|link=]]
|-
| Atribución-NoComercial-CompartirIgual || (CC BY-NC-SA) || [[FileArchivo:Cc-by_new.svg|25px|link=]]&nbsp;[[FileArchivo:Cc-nc.svg|25px|link=]]&nbsp;[[FileArchivo:Cc-sa.svg|25px|link=]]
|-
| Atribución-NoComercial-NoDerivadas || (CC BY-NC-ND) || [[FileArchivo:Cc-by_new.svg|25px|link=]]&nbsp;[[FileArchivo:Cc-nc.svg|25px|link=]]&nbsp;[[FileArchivo:Cc-nd.svg|25px|link=]]
|}
Las otras 5 combinaciones no incluyen reconocimiento y se retiraron porque el 98% de las licencias sí lo incluían.</br>
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- '''España:''' En España la legislación distingue entre [http://www.oepm.es/es/propiedad_industrial/propiedad_industrial/index.html '''propiedad industrial'''] (patentes y modelos de utilidad, diseños industriales, marcas y nombres comerciales, topografía de productos semiconductores) y [[http://www.mcu.es/propiedadInt/CE/PropiedadIntelectual/PropiedadIntelectual.html '''propiedad intelectual''']].
Mientras que la propiedad industrial protege todas las creaciones que están relacionadas con la industria, la propiedad intelectual se reserva para la protección de las creaciones del espíritu, en las que queda plasmada la personalidad del autor, tratándose de creaciones únicas y no producidas industrialmente o en serie. Dichas creaciones pueden ser obras literarias y artísticas como las novelas, poemas y obras de teatro, películas, obras musicales, obras de arte, dibujos, pinturas, fotografías y esculturas o diseños arquitectónicos. Por dominio público se entiende la situación en que quedan las obras al expirar el plazo de protección de los derechos patrimoniales y esto sucede habitualmente transcurrido un tiempo a partir de la muerte del autor. Este plazo se mueve entre los 50 y a los 100 años, en España este plazo es de 70 años (aunque para los autores fallecidos antes de 1987 el plazo es de 80 años).
 
Se distingue entre derechos morales y derechos patrimoniales:
 
'''Derechos morales''': Frente a los sistemas de corte anglosajón, la legislación española es claramente defensora de los derechos morales, reconocidos para los autores y para los artistas intérpretes o ejecutantes. Estos derechos son irrenunciables e inalienables, acompañan al autor o al artista intérprete o ejecutante durante toda su vida y a sus herederos o causahabientes al fallecimiento de aquellos. Entre ellos destaca el derecho al reconocimiento de la condición de autor de la obra o del reconocimiento del nombre del artista sobre sus interpretaciones o ejecuciones, y el de exigir el respeto a la integridad de la obra o actuación y la no alteración de las mismas.
 
'''Derechos de carácter patrimonial''': Hay que distinguir entre:
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- '''Portugal:''' En [[Portugal]], los '''derechos de autor''' están regulados por el [[Código dos Direitos de Autor e dos Direitos Conexos]] (CDADC)<ref>{{citar web|url=https://ciist.ist.utl.pt/docs_da/codigo_direito_autor_republicado.pdf|titulo=Código dos Direitos de Autor e dos Direitos Conexos, Decreto Lei n.º 63/85, de 14 de Março |autor=Conselho de Ministros de 10 de Janeiro de 1985|data=|publicado=|acessodata=27-8-2010}}</ref> y por los Decretos-Lei siguientes siempre que no se contradigan con lo dispuesto en este Código. Permanecen en vigor el Decreto-Lei n.º 63/85, de 14 de Março, con las alteraciones hechas por la Lei n.º 45/85, de [[17 de Setembro]], por la Lei n.º 114/91, de 3 de Setembro, por el Decreto-Lei n.º 332/97, de 27 de Novembro, y por el Decreto-Lei n.º 334/97, de 27 de Novembro<ref>{{citar web|url=http://www.pgdlisboa.pt/pgdl/leis/lei_mostra_articulado.php?nid=484&tabela=leis|titulo=Código dos Direitos de Autor e dos Direitos Conexos (versión actualizada)|autor=Ministério Público, Procuradoria-Geral de Lisboa |data=|publicado=|acessodata=27-8-2010}}</ref>.
En relación a los documentos legales el n.º 1 do art.º 8.º do CDADC establece que ''los textos compilados o anotados a los que se que refiere el apartado c) del n.1 del art. 3º, así bien como sus traducciones oficiales no se benefician de protección", por consiguiente las leyes, proyectos de ley, decretos, portarias etc, no están protegidos por derecho de autor. <ref>[http://www.pgdlisboa.pt/leis/lei_mostra_articulado.php?nid=484&tabela=leis Legislación del Código dos Direitos de Autor e Direitos Conexos - Procuradoria-Geral Distrital de Lisboa - Ministério Público]</ref>
 
 
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-En '''Colombia''' existe la: http://www.derechodeautor.gov.co/ : La Dirección Nacional de Derecho de Autor es un organismo del Estado Colombiano, que posee la estructura jurídica de una Unidad Administrativa Especial adscrita al Ministerio del Interior .
 
La Dirección Nacional de Derecho de Autor es el órgano institucional que se encarga del diseño, dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos. En tal calidad posee el llamado institucional de fortalecer la debida y adecuada protección de los diversos titulares del derecho de autor y los derechos conexos, contribuyendo a la formación, desarrollo y sustentación de una cultura nacional de respeto por los derechos de los diversos autores y titulares de las obras literarias y artísticas.
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- CC Search: Permite el acceso a buscadores de contenidos CC de varias organizaciones (Google, YouTube, Flickr, Wikimedia, Jamendo...).
 
<li>Google: Para acceder a búsquedas de contenidos abiertos hay que ir a las opciones de búsqueda avanzada:
* Advanced search > Then narrow your results by... > usage rights: (en el caso de google.com)
* Búsqueda avanzada > A continuación, limitar los resultados por... > derechos de uso: (en el caso de google.es)</li>
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El gobierno abierto es una doctrina que aboga por profundizar en la democracia representativa a través de criterios de transparencia. Se sustenta en tres pilares fundamentales:
 
* Transparencia: permitir el acceso a la información pública (planes de actuación, rendición de cuentas, etc) de forma sencilla y clara.
* Colaboración: comprometer a ciudadanos, empresas, otras administraciones...
* Participación: fomentar la implicación de los ciudadanos en los asuntos públicos.
 
Este concepto se basa en hacer públicos los datos (con licencias abiertas) que maneja la administración, en formatos que permitan su reutilización por parte de terceros, con los que se puedan elaborar servicios útiles para los ciudadanos. Parte de la idea de que la información generada por los gobiernos se ha creado con los impuestos de todos los ciudadanos, y por lo tanto no puede someterse a limitaciones de acceso y uso, sino que se debe facilitar lo más posible.
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== Referencias ==
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