Diferencia entre revisiones de «Ciencias del derecho»

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# Contenido. Es aquello que la norma establece que debe, puede o no debe hacerse. Según el contenido las normas pueden ser abstractas y concretas. Las primeras se refieren a clases o categorías de normas y las segundas a acciones especificas y determinadas.
# Condición de aplicación. Se indentifica con la circunstancia que debe darse para que pueda llevarse a cabo el contenido de la norma. Asi en función de la condición, las normas pueden ser: hipotéticas o categoricas. Las primeras exigen una circunstancia adicional y las segundas la condición de aplicación viene determinada por el contenido mismo de la norma.
# Autoridad : Según la autoridad se distuingen entre norma autónomas y heterónomas. Las heterónomas son aquellas en las que la autoridad normativa es diferente al destinatario de la norma. Según Wright el concepto de norma autónoma puede ser entendido de dos maneras distintas: serian normas autónomas aquellas que son emitidas por autoridad alguna: no se puede identificar la autoridad. En el según caso son aquellas en las que el sujeto destinatario se las dicta a si mismo. Para Wright las prescripciones son heterónomas.
# Sujeto normativa, ocasión, promulgacion y sanción.