Historia contemporánea de España/Lección 1 Lectura

Tema 2. La primera fase de la revolución liberal 1. La Guerra de la Independencia 2. Las Cortes de Cádiz 3. La Constitución de 1812

Inicio de la Guerra de Independencia

En el año 1807 Godoy firma con Napoleón el Tratado de Fontainebleau que permite a las tropas francesas atravesar España para ir a Portugal, obligarle a cerrar los puertos y así hacer efectivo el bloqueo continental (cerrar todos los puertos del continente al comercio con Inglaterra). A principios de 1808 las tropas francesas entran en la península y se sitúan estratégicamente en Vitoria, Burgos y Barcelona. Cuando Godoy comprende los planes de Napoleón (desde Vitoria dominar el norte peninsular y asegurar la comunicación con Lisboa, desde Burgos Madrid y el sur peninsular y desde Barcelona la costa este) decide trasladar a la familia real a Sevilla y, si fuera necesario, a América. La primera parada rumbo a Sevilla tuvo lugar en Aranjuez y allí estalla el Motín de Aranjuez (Marzo 1808). El descontento popular por la entrada de los franceses alentado por los partidarios del príncipe Fernando provocó el levantamiento. Para frenarlo Godoy fue destituido y Carlos IV abdicó en su hijo Fernando VII. Napoleón, utilizando una estratagema legal, se apoderó de la corona española, ofreciéndose como mediador atrajo a los reyes y a Godoy a Bayona y allí consiguió la renuncia de ambos a su favor. Napoleón nombra rey de España a su hermano José y, para darle un carácter moderno a la monarquía convoca unas cortes españolas en Bayona para que elaboren una constitución. Mientras se firmaban los acuerdos de Bayona la situación en España era inestable. El destronamiento de los reyes provocó un levantamiento en Madrid conocido con el Levantamiento del 2 de mayo que, aunque fue rápidamente sofocado y José I estableció allí su capital, se extendió por todo el país iniciándose la guerra (1808). Guerra de Indepandencia La Guerra de Independencia es una guerra de liberación frente a los franceses y una guerra nacional. A pesar de la existencia de un ejército regular, la guerra se caracteriza por su resistencia popular reflejada en las guerrillas. En el plano militar se caracteriza por las guerrillas y la resistencia de las ciudades (los sitios). En el plano político tiene lugar la primera fase del proceso revolucionario contra el antiguo régimen. Las guerrillas: Son el mejor ejemplo del carácter espontáneo y popular de la resistencia y de la incapacidad del ejército para enfrentarse al ejército francés. Es un fenómeno básicamente rural que exige un profundo conocimiento del terreno y la colaboración de la población civil. Su objetivo es desgastar al enemigo entorpeciendo sus actividades, evitando la confrontación abierta. Los sitios: Numerosas ciudades fueron sitiadas por los franceses (las más famosas son: Zaragoza, sitiada dos veces, y Gerona, tres). Su importancia radica en que retrasaron el avance del ejército francés. Etapas En la Guerra de Independencia participaron el Reino Unido y Portugal como aliados de España. Se distinguen tres etapas: Éxito de la resistencia española (mayo-noviembre 1808). Tras el levantamiento del 2 de mayo aparecen los primeros núcleos de resistencia. Napoleón ordena ocupar rápidamente la península confiando en su superioridad numérica aún a riesgo de desunir demasiado sus tropas. La derrota de las tropas francesas en Bailén fue la primera derrota en tierra de Napoleón. Esta derrota le obliga a cambiar de estrategia. Decide venir a España a dirigir la guerra y trae a 250.000 soldados más. Dominio francés (noviembre 1808- junio 1812).

Los franceses ocupan prácticamente toda la península, aunque en realidad sólo dominan las ciudades y las vías de comunicación. Las zonas rurales son gobernadas por la guerrilla.

Dominio hispano-inglés (junio 1812 – diciembre 1813). El cambio en la situación de la guerra viene marcado por dos acciones: la salida de Napoleón de España con parte de sus tropas para iniciar las campañas de Rusia y el decidido apoyo de los reyes ingleses. Desde Portugal el duque de Wellington lanza continuas ofensivas contra los franceses. Las batallas de Arapiles, Vitoria y San Marcial son los golpes finales a un ejército en retirada. La guerra termina con la firma del tratado de Valencay (el 11 del 12 de 1813).

Orden Napoleónico

José I se convirtió en rey de España en junio de 1808. Napoleón convocó unas cortes españolas en Bayona para que elaboraran una constitución. El documento elaborado, conocido como el Estatuto de Bayona, no es una constitución porque no fue elaborado por los representantes del pueblo español (a las Cortes tenían que acudir 50 representantes de cada estamento, pero sólo acudieron 65 personas, sobre todo nobles, a los que se añadieron algunos residentes en Francia). Es una carta otorgada, elaborada y promulgada por Napoleón. El orden napoleónico se basaba pues en una nueva dinastía, representada por José I, y una Carta Constitucional, el Estatuto de Bayona. Éste último pretendía suprimir las bases jurídicas del Antiguo Régimen. Aunque establecía algunas reformas y reconocía algunos derechos, no corregía la división de poderes y mantenía una monarquía autoritaria. José I y el Estatuto sólo contaron con el apoyo de una parte de la nobleza, el ejército y el alto clero, denominados afrancesados y tachados de antipatriotas y traidores. Los afrancesados eran defensores del Despotismo Ilustrado que pensaba que sólo apoyando a José I se podría volver a la política de reformas que había realizado Carlos IV. A pesar de su apoyo, José I careció de los medios necesarios para llevarla a cabo y el Estatuto no entró en vigor debido a la guerra. Las principales medidas fueron tomadas directamente por Napoleón: Anexionó Cataluña a Francia. Abolió el tribunal de la inquisición. Suprimió conventos y desamortizó sus bienes. El Estatuto de Bayona es muy importante porque es el primer documento constitucional que tiene España y significó el nacimiento del constitucionalismo español, ya que se provocó la elaboración de una constitución alternativa por parte de los que se oponían a la invasión. Resistencia contra el orden napoleónico

La negativa de la mayor parte de la población a aceptar el orden napoleónico y la pasividad del gobierno provisional que había dejado Fernando VII provocó la formación de Juntas de Defensa para llenar el vacío de poder. Estos organismos de ámbito local o provincial se constituyen tras la insurrección de mayo para expulsar a los franceses y devolver el trono a Fernando VII. Con las juntas, el pueblo asume por primera vez la soberanía y elige a sus gobernantes por votación, aunque casi todas las juntas estuvieron dirigidas por clases privilegiadas. Por las juntas el pueblo se convierte en gobierno soberano hasta la muerte de Fernando VII. Aunque no pretendían llevar a cabo una revolución política y social. El pueblo luchaba por la vuelta del rey y el sistema político tradicional basado en la monarquía absoluta y en la religión católica. Al principio, las Juntas actuaban de manera independiente, pero, después, se formó la Junta Suprema Central dirigida por Floridablanca que coordinaba las Juntas provinciales. En enero de 1810 la Junta central se disuelve debido a su ineficacia y se nombra una regencia para llevar a cabo la convocatoria de las Cortes. Las cortes Los diputados se reúnen en una sola cámara y el voto es individual. Son las primeras Cortes modernas de la historia de España, Además, estas Cortes son de predominio liberal porque muchos de los diputados del interior no pudieron llegar a Cádiz debido a la guerra, pero sí lo hicieron los del litoral, con la mentalidad más abierta, y miembros de la burguesía. Se les sumarían los residentes en Cádiz. En las Cortes se distinguen tres tendencias ideológicas: Los absolutistas: defensores del Antiguo Régimen. Pensaban que todos los problemas se resolvían con la expulsión de los franceses y el regreso de Fernando VII. Miembros de la nobleza, alto clero y burguesía, terratenientes. Los liberales: querían aprovechar la guerra para cambiar la situación. Se inspiraban en la Revolución Francesa. Defendían la soberanía nacional y la división de poderes. Intelectuales y burgueses. Ilustrados o jovellanistas: defendían reformas moderadas sin alterar los principios del Antiguo Régimen. Consideraban que España ya tenía una Constitución histórica basada en las leyes tradicionales de los antiguos reinos. Defendían la soberanía compartida. Intelectuales. (Soberanía Real: el poder reside en el Rey. Soberanía Nacional: el poder reside en la nación. Soberanía Compartida: el poder reside en la nación y en el Rey. División de poderes: principio que establece que los tres poderes del estado, el legislativo (elaborar leyes), el ejecutivo (gobernar) y judicial deben estar ejercidos por personas o instituciones diferentes). La primera sesión de las Cortes tuvo lugar el 24 de septiembre de 1810 y en seguida fue evidente la división de los diputados en dos bloques: los que defendían una monarquía fuerte y los que defendían una monarquía constitucional. Las Cortes, cuyas sesiones se prolongaron durante año y medio, pretendían establecer un nuevo régimen político, para eso elaboraron una constitución, y transformar la sociedad, para eso aprobaron una serie de decretos. 1. Constitución de 1812

(Una constitución es la ley fundamental del estado que establece la forma de gobierno y recoge los derechos de los ciudadanos) Fue promulgada el 19 de marzo de 1812 (la Pepa) y recoge los principios básicos de un régimen liberal. Establece como forma de gobierno la Monarquía constitucional. Establece la soberanía nacional por necesidad de la situación existente (si no habría que aceptar como rey a José I). También establece la división de poderes (legislativo, ejecutivo y judicial). El poder legislativo reside en las Cortes y en el rey. El rey tiene derecho de veto hasta tres veces. El ejecutivo reside en el rey y el judicial en los tribunales. Establece el sufragio universal indirecto. Primero por parroquias, por partidos judiciales y, por último, por provincias. Pero establece un sufragio censitario para ser elegido diputado. (Sufragio: derecho al voto. Hay dos tipos: el universal y el censitario. Universal: derecho al voto de todos los hombres mayores de edad; censitario: sólo tiene derecho al voto una parte de la población en función de su riqueza. Puede ser muy restringido o poco restringido) También establece cortes unicamerales. Establece la religión católica como la religión oficial del Estado. Es la única concesión que se hace a los absolutistas. Se recogen derechos típicamente liberales (arículo 4, la libertad y la propiedad). El resto de los derechos están dispersos por la constitución, como la libertad de imprenta, la libertad jurídica, el derecho a la educación elemental, etc. Es la constitución más larga del liberalismo español. 2. Decretos Supresión de los señoríos jurisdiccionales (el fin de los monopolios feudales y del derecho de los señores a impartir justicia) Supresión del mayorazgo. Abolición del Tribunal de la Inquisición. La labor legislativa de Cádiz no tuvo aplicación práctica tanto por la guerra como porque en España no existía una burguesía consolidada. La composición de cortes no representaba la sociedad española, mayoritariamente campesina y analfabeta en la que la nobleza y el clero conservaban una gran influencia. Valoración de la Constitución de 1812

Es muy importante porque es la primera constitución y porque con ella se abre la idea de que el poder no puede ser absoluto. Además, refleja el carácter ético del primer constitucionalismo porque, no sólo pretende regular el poder, sino también una reordenación general de la sociedad como si la constitución pudiera resolver todos los problemas. Fijó los principios de liberalismo español y sirvió de modelo a otros textos constitucionales a nivel internacional. Fue anulada en 1814 cuando regresó Fernando VII. Estuvo vigente en el trienio liberal (1820-1823) y entre agosto de 1836 y junio de 1837.